Licencias obligatorias en Brasil: fundamentos legales, excepciones y cómo se aplican

En Brasil, después de concederse una patente, el titular debe comenzar su explotación o comercialización efectiva dentro de los tres años posteriores a su otorgamiento. Esto garantiza que los derechos de patente promuevan innovación, competencia justa y desarrollo industrial en el país.

Si la patente permanece inactiva, puede abrirse un procedimiento de licencia obligatoria según los artículos 68, 70 y 71 de la Ley 9.279/96. Entre las principales causas se encuentran:

  • Abuso en el ejercicio de los derechos de patente (art. 68).

  • Abuso de poder económico (art. 68).

  • No explotación de la invención en Brasil (art. 68, §1, I).

  • Comercialización insuficiente para satisfacer el mercado (art. 68, §1, II).

  • Dependencia de una patente respecto a otra (art. 70).

  • Interés público o emergencia nacional (art. 71 – Decreto N.º 3.201).

El artículo 69 indica que no se otorgará licencia obligatoria si el titular:

  • Justifica legítimamente el no uso.

  • Demuestra preparativos serios para iniciar la explotación.

  • Alega impedimentos legales o administrativos.

Cuando corresponde, cualquier tercero con interés legítimo y capacidad técnica y económica puede solicitar la licencia, garantizando que la explotación sea eficiente y destinada al mercado interno.

El pago de anualidades no prueba explotación comercial. Solo evidencia que la patente sigue vigente. La verdadera prueba proviene de la venta del producto, licencias o producción industrial.

Aunque poco comunes, las licencias obligatorias son un mecanismo clave para asegurar que las patentes sirvan al interés público, sobre todo en sectores estratégicos como salud y energía.

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