Argentina y la Propiedad Intelectual: ¿Un Círculo Vicioso en la Lista de Observación de EE.UU.? Impacto Económico y Señales de Cambio

Por Adrián González

Una vez más, Argentina se encuentra bajo la lupa del Representante de Comercio de los Estados Unidos (USTR), apareciendo en la Lista de Observación Prioritaria de su Informe Especial 301 de 2025. Esta presencia recurrente en una de las listas más críticas en materia de propiedad intelectual no es nueva, pero sí un indicador persistente de los desafíos que enfrenta el país en la protección y aplicación de los Derechos de Propiedad Intelectual (DPI).

Las razones detrás de la recurrencia

El informe del USTR este año, como en años anteriores, señala una serie de preocupaciones fundamentales que mantienen a Argentina en esta lista indeseada:

  • Piratería generalizada y débil aplicación del derecho de autor: La piratería sigue siendo el talón de Aquiles. Desde la proliferación del intercambio de archivos P2P y el «stream-ripping» hasta el uso extendido de dispositivos y aplicaciones de streaming ilícito, el contenido protegido se difunde sin control. A esto se suma la falta de una responsabilidad secundaria clara para los proveedores de servicios de internet (ISPs), lo cual dificulta la persecución de infractores. Además, la ley de derecho de autor argentina presenta deficiencias, como la ausencia de daños legales establecidos, lo que vuelve el litigio largo, costoso y poco atractivo para los titulares de derechos.
  • Lucha insuficiente contra la falsificación: El USTR mantiene preocupaciones sobre la eficacia de las medidas de aplicación contra productos falsificados, tanto en las fronteras físicas como, cada vez más, en el entorno digital. La persistencia de mercados de productos ilícitos, con menciones específicas a lugares como La Salada, sigue siendo un punto de conflicto.
  • Barreras en la propiedad intelectual farmacéutica: La protección de patentes en el sector farmacéutico continúa siendo un área sensible. Preocupan lo que el USTR considera una “patentabilidad restrictiva” y la posible aplicación de “licencias obligatorias”, que permiten la producción de medicamentos genéricos sin el consentimiento del titular de la patente, afectando la exclusividad e incentivos a la innovación.

Un patrón que se repite

La inclusión de Argentina en la Lista de Observación Prioritaria no es un hecho aislado; es un patrón que se repite desde hace más de dos décadas. Desde 1996, el país ha mantenido una presencia constante en esta lista. Esto sugiere que las deficiencias no son hechos aislados, sino que obedecen a problemas estructurales y sistémicos dentro del marco legal y de aplicación de la propiedad intelectual.

Año tras año, informes como el Especial 301 han destacado los mismos problemas: lentitud de la oficina de patentes, ausencia de mecanismos ágiles de compensación para los afectados por infracciones, y dificultad para perseguir y sancionar de forma efectiva a piratas y falsificadores. Esta recurrencia genera una percepción de falta de avances significativos por parte de las autoridades estadounidenses y, en consecuencia, de los titulares de derechos que buscan invertir o proteger sus activos en Argentina.

El impacto económico de una protección insuficiente

Las deficiencias en la protección de la propiedad intelectual no son meros temas burocráticos o legales; tienen un impacto económico directo y significativo en Argentina:

  • Desincentivo a la inversión extranjera: Las empresas innovadoras, especialmente en sectores como tecnología, farmacéutica, entretenimiento y software, son reacias a invertir fuertemente en un mercado donde sus invenciones, marcas o creaciones no están debidamente protegidas. Esto se traduce en menos capital extranjero, menor transferencia tecnológica y menos generación de empleos de alto valor.
  • Pérdidas para las industrias creativas y de contenidos: La piratería, en particular la audiovisual y musical, genera millones de dólares en pérdidas para la industria local. Se estima que la piratería audiovisual online puede causar pérdidas anuales de cientos de millones de dólares al mercado legal, afectando la creación de empleo, la recaudación fiscal y el desarrollo de toda la cadena de valor, desde artistas y creadores hasta productoras y distribuidoras.
  • Impacto en la innovación nacional: Si los inventores y creadores locales no perciben que sus derechos serán respetados, disminuye el incentivo para innovar y desarrollar nuevas tecnologías o contenidos. Esto limita el potencial de crecimiento económico basado en el conocimiento.
  • Riesgos comerciales y sanciones: Aunque no es automático, la inclusión persistente en la Lista de Observación Prioritaria mantiene a Argentina en riesgo de posibles medidas comerciales de represalia por parte de EE.UU. bajo la Sección 301 de la Ley de Comercio de EE.UU. Si bien las negociaciones buscan evitar esto, la amenaza está latente y puede afectar el comercio bilateral.

¿Hubo cambios o señales del Gobierno argentino?

Recientemente se han percibido algunas señales y movimientos del Gobierno argentino, aunque su impacto y alcance a largo plazo están por verse:

  • Negociaciones con EE.UU.: Se ha conocido que Argentina ha estado en negociaciones con Estados Unidos para abordar las preocupaciones del USTR y evitar posibles sanciones comerciales. Este diálogo es clave para encontrar una salida a la situación.
  • Modificaciones al reglamento de la Ley de Propiedad Intelectual: El Gobierno Nacional modificó recientemente el reglamento de la Ley 11.723. Un ejemplo notable es el decreto que establece el pago de regalías por la reproducción de obras en línea, buscando modernizar la gestión de los derechos de autor en el entorno digital. Esto incluye una revisión del alcance de las entidades de gestión colectiva y la posibilidad de ejercer derechos individualmente, así como cambios en las exenciones al pago de regalías para ciertos usos.
  • Cambio de percepción en patentes farmacéuticas (2024): Un punto interesante es que en el Informe Especial 301 de 2024, el USTR “modificó sustancialmente su enfoque” respecto al sector farmacéutico en Argentina. Por primera vez en doce años, el informe no incluyó críticas sobre eventuales limitaciones indebidas a la patentabilidad de productos farmacéuticos y biotecnológicos, ni cuestionó las directrices de patentabilidad vigentes desde 2012. Esto podría interpretarse como una señal de diálogo o ajuste en esta área específica. Sin embargo, en el informe de 2025 persisten preocupaciones generales sobre la “patentabilidad restrictiva” en el sector farmacéutico, lo que sugiere que cualquier avance en 2024 fue limitado o no suficientemente amplio.
  • Búsqueda de alineamiento geopolítico: La administración actual ha expresado una política de mayor alineamiento geopolítico con Estados Unidos, lo que podría generar un incentivo adicional para abordar estas preocupaciones en materia de propiedad intelectual como parte de una estrategia más amplia para mejorar las relaciones bilaterales y atraer inversiones.

El desafío sin resolver

La situación actual subraya la necesidad de que Argentina aborde de manera integral y efectiva las deficiencias de su sistema de propiedad intelectual. Esto implicaría una revisión legislativa para modernizar las leyes de derechos de autor y patentes, una mejora sustancial en la aplicación de la ley—tanto física como digital—y una mayor agilidad en los procesos administrativos y judiciales. Los movimientos recientes del Gobierno son pasos, pero la persistencia en la Lista de Observación Prioritaria en 2025 demuestra que aún queda un largo camino por recorrer.

Solo así Argentina podrá romper este círculo vicioso, mitigar el impacto económico negativo y sentar las bases de un ecosistema de innovación y creatividad más seguro, atractivo y propicio para el desarrollo.

 

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